La Contraloría General de la República en su función de “fiscalizar y regular, mediante control previo o posterior, todos los actos de manejos de fondos y otros bienes públicos, aprobó la resolución 1098-2022-DNMySC, donde establece la “Guía para la Emisión, Registro y Control del Certificado de las Organizaciones Sin Fines de Lucro de Carácter Social para la Gestión de Fondos Públicos.
El Contralor, Gerardo Solís afirmó que el objetivo de este certificado es establecer regulaciones para la gestión de estos fondos, dicho documento tendrá una vigencia de tres años y aplica a todas las Organizaciones Sin Fines de Lucro (OSFL), que reciban fondos del Estado.
Al momento de solicitar el certificado, según lo indica la resolución se deben presentar una serie de documentos como lo son: personería jurídica, copias de resoluciones emitidas por la Dirección General de Ingresos, mediante la cual se autoriza a la OSFL a recibir fondos públicos, así como resoluciones del Ministerio de Desarrollo Social.
Una vez las OSFL cumplan con los requisitos solicitados, se les otorgará el certificado, y están en la obligación de rendir cuenta a la Contraloría General de la República.
Si tras un examen de cuentas, se concluye que existe un incumplimiento por parte de la OSFL, la Contraloría suspenderá la certificación y de comprobarse que ha hecho mal uso de los fondos públicos, se le aplicarán las acciones legales que correspondan según lo establece la ley. Esta resolución empezó a regir desde su publicación en Gaceta Oficial.