Mediante una resolución respaldada por los siete pueblos originarios y las 12 estructuras de Congresos y Consejos, la Coordinadora Nacional de Pueblos Indígenas de Panamá (COONAPIP), pidió a las autoridades de gobierno “declarar la Nulidad del título de propiedad otorgado a la Empresa Sinclair Oil Panama, que afecta un alto porcentaje de la provincia de Darién, Comarca EmberaWounaan, Comarca de Wargandi y Territorios Colectivos en solicitud desde el 2012 y afectacion a las áreas protegidas.
Explica que la Empresa Sinclair Oil Panamá inicia su trabajo de campo en el año 1923 en donde el Estado Panameño le otorgó la concesión de exploración de petróleo en área en donde está ubicado el Territorio Ancestral de Tagarkunyala. Y en el año 2017 el Registro Público lo convierte en Titulo de propiedad a favor de la empresa Sinclair Oil Panamá, sobre una área total de 326,000.00 hectáreas de tierra sin tomar en cuenta que ese título de propiedad invade propiedad colectiva de la Comarca Emberá – Wounaan que fue constituido legalmente en 1983 y en el año 2000 se constituye legalmente la Comarca Kuna de Wargandi además, de aquellas comunidades que están buscando ser reconocidas mediante la Ley 72 del año 2008, como Tierras Colectivas.
Sostiene la resolución que la adjudicación de Título de Propiedad a la Empresa Sinclair Oil Panama viola flagrantemente los derechos colectivos humanos de los Pueblos Indígenas de Panamá, y las normativas constitucionales y especiales suscrito por el Estado Panameño.
Que el artículo 17 de la Constitución Política de Panamá establece que las autoridades de la República están instituidas para proteger en su vida, honra y bienes a los nacionales.
Y el artículo 127 de la misma Constitución establece que “El Estado garantizará a las comunidades indígenas la reserva de las tierras necesarias y la propiedad colectiva de las mismas para el logro de su bienestar económico y social. La Ley regulará los procedimientos que deban seguirse para lograr esta finalidad y las delimitaciones correspondientes dentro de las cuales se prohíbe la apropiación privada de tierras.
Recalca la resolución el compromiso adquirido por el Presidente de la República Laurentino Cortizo Cohen de garantizar y salvaguardar los Territorios Indígenas y es por ello que instaló la Mesa de Alto Nivel para resolver los conflictos de tierra, la cual lideriza el Ministerio de Gobierno a través del Viceministerio de Asuntos Indígenas de Panamá.
Frente a estos hechos, las autoridades tradicionales del país, piden al estado “ANULAR LA ADJUDICACIÓN DE TÍTULO DE PROPIEDAD INDIVIDUAL» sobre propiedades colectivas ya establecidas por ley, a la empresa Sinclair Oil Panama, adjudicación otorgada por el Registro Público de Panamá.
Además, solicita al Ministerio de Gobierno a través del Viceministerio de Asuntos Indígenas realizar los trámites de anulación de la adjudicación de título de propiedad a la Empresa Sinclair Oil Panama.
Finalmente, las autoridades tradicionales no descartan proceder con sendas demandas penales y civiles contra la Empresa Sinclair Oil Panama por los daños y perjuicios causados a los pueblos originarios donde tiene la concesión la empresa, y las afectaciones que a través de los años ha causado, sin respetar las leyes que crean las diferentes regiones comarcales y las leyes nacionales e internacionales que crean los parques y áreas protegidas como también la declaratoria de Patrimonio Mundial y Reserva de la Biósfera en Darién.