En la tarde de este viernes 27 de enero, circulo en redes sociales la resolución número 17 emitida por el Partido Revolucionario Democrático (PRD), mediante la cual el colectivo político anunció la separación de los puestos de elección popular de alcaldes, representantes y diputados, posiciones para negociar futuras alianzas con otros agrupaciones políticas.
De acuerdo al documento emitido por el Comité Ejecutivo Nacional y que lleva la firma de todos los directivos de este colectivo de gobierno establece el articulo 355 del Código Electoral reglamentado por los artículos 96, 97 del Decreto 29 de 30 de mayo de 2022 que regula la exclusión o reservas de cargos de elección popular para acordar alianzas con otros partidos políticos.
La norma que resalta el colectivo dispone la reserva de hasta el 40 por ciento de los cargos que deben ir a primarias aplicables a las postulaciones para diputados, alcaldes y representantes de corregimiento.
El PRD señala en su resolución que después de un amplio análisis realizado por el Comité Ejecutivo Nacional, se determinó que hay posibilidades de realizar alianzas politicas en diferentes circuitos uninominales y plurinominales para las próximas elecciones generales del año 2024
Dicho documento destaca qjue las casillas a puestos de elección de diputados que no serán objeto de primarias, lista para abarca todos los circuitos electorales del país.
“El artículo 33 de los estatutos, señala entre las atribuciones del Comité Ejecutivo Nacional “convocar las distintas elecciones, para elegir a las autoridades del Partido y sus candidatos a cargos de elección popular, estableciendo, si fuera el caso, aquellas excepciones que por razón de alianzas no deban celebrarse”, dice la resolución.
El articulo 97 del Decreto No 29 de 30 de mayo de 2022 establece el limite de la reserva de cargos para alianzas cuando el Estatuto de un partido politico asi lo disponga y señala que estas reservas no podrán exceder de un 40 por ciento de la totalidad de los cargos que deben ir a primarias.
El colectivo señala que de no concretarse la alianza, los candidatos a los puestos de elección popular que fueron excluidos de las Primarias serán escogidos por las Directivas de Corregimientos del Partido que componen la respectiva circunscripción, conforme lo dispone el Articulo 208 del Estatuto.