Con 38 votos a favor y 8 en contra la Asamblea Nacional aprobó el Tercer Debate del proyecto de ley 888 que contempla normas de incentivos para el fomento de la actividad turística y otras disposiciones.
La iniciativa legislativa la presentó el Diputado Melchor Herrera, tras consultas con la dirección general de Ingresos, quienes le enviaron un documento tras conocer el tema.
Recientemente el presidente de la República Laurentino Cortizo, derogó las leyes 212 y la 314 , por considerarlas inconvenientes.
Se planteó en el tercer debate del Proyecto 888, que establece disposiciones fiscales para los rubros contemplados en la Ley 80 de 2012, que de eliminarse de tajo los incentivos fiscales turísticos afectaría las inversiones de proyectos hoteleros en el interior que se acogieron a esos beneficios.
Se aclaró que no se establecen exoneraciones y que los créditos fiscales se otorgarán a los inversionistas que financian los proyectos, con el propósito de mitigar el riesgo de inversión. También se sostuvo que al derogar la Ley 122 de 2019 implica la derogación de su artículo 2 que incentiva la construcción de hoteles.
La norma fue modificada en el artículo 1 de la Ley 80 y se le adicionaron cinco nuevos, referente a que se reconocerá como crédito fiscal el 60 % del valor total del proyecto, excluyendo el valor de la finca y la infraestructura del Plan Maestro, más un 5 % del valor a reconocer de la infraestructura de ese Plan, declarada ante la ATP.
La normativa plantea que dicho crédito fiscal podrá ser reconocido y aplicado, anualmente, a partir del segundo año de la inversión hasta un 50% del Impuesto Sobre la Renta causado; además que podrá ser cedido por la totalidad o la porción no utilizada, independientemente de si han transferido o no las acciones, bonos y demás instrumentos financieros emitidos.
Las empresas turísticas y las sociedades de inversión inmobiliaria que sean beneficiadas con los bonos, acciones y demás instrumentos financieros deberán consignar la fianza de cumplimiento por el 2 % de la inversión total hasta un máximo de B/. 1,000,000.00.
Para las empresas u hoteles cuyo Registro Nacional de Turismo haya vencido entre el 1 de enero de 2014 al 31 de diciembre de 2019, se habilitará la vigencia de estos a fin de que se les mantengan los incentivos establecidos en sus registros hasta el 31 de diciembre de 2025.
De acuerdo con diputado proponente, Melchor Herrera, en esta normativa legislativa, aprobada con 38 votos favorables y 8 en contra, se respeta la decisión del Ejecutivo de la derogación de la Ley 122 y 314 al día siguiente que se sancione dicha iniciativa.
Agregó que el primer órgano del Estado realizó consultas y audiencias públicas en que se escuchó a diferentes sectores enfocadas en encontrar las debilidades y mejorar este instrumento acorde del sector turístico.
Aseguró Herrera que lo aprobado es lo más conveniente porque por cada habitación que se construya, se generarán más de tres plazas de trabajo, directa e indirectamente.