Tanto el cobro por el ingreso a las playas del país; como imponer horarios de restricción a estas es ilegal, según explicó el Defensor del Pueblo Eduardo Leblanc González basado en el artículo N 258 de la Constitución Política de la República de Panamá que establece que las playas son de uso público.
El Ombudsman anunció que este jueves la Defensoría del Pueblo enviará cartas de notificación basadas en la Ley y apelando a las autoridades de la Alcaldía de Antón y de las Gobernaciones de las provincias de Panamá y Panamá Oeste para que deroguen los decretos emitidos que imponen restricciones al uso de playas.
De no haber la acción por parte de las autoridades en mención el día de hoy, la Defensoría del Pueblo como institución que promueve y protege los Derechos Humanos de todos los habitantes en el territorio nacional, prosentará una demanda de inconstitucionalidad.