Acodeco: comercios no deben aplicar cargos por uso de tarjetas de créditos

Los comercios locales no pueden imponer cargos o costos adicionales ni tampoco establecer un monto mínimo para la transacción del consumidor al pagar con tarjeta de crédito, así lo informa a la ciudadanía en general la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco).

De acuerdo a la entidad la Ley 81 de 31 de diciembre de 2009, “que tutela los derechos de los usuarios de las tarjetas de crédito y otras tarjetas de financiamiento”, prohíbe imponer cargos o costos adicionales o exigir una compra mínima o monto mínimo al consumidor al pagar con tarjetas de crédito. 

Además, la Acodeco en colaboración con la Superintendencia de Bancos de Panamá, realiza cada 3 meses un ‘Estudio Comparativo de Tarjetas de Crédito y Financiamiento’.  Los consumidores interesados en adquirir una tarjeta de crédito y financiamiento por primera vez, deben consultar este estudio para tener la información sobre sus costos y cotizar, en la medida de lo posible, en un mínimo de tres entidades financieras para poder evaluar qué tipo de tarjeta le conviene y le brinda los mejores beneficios y se ajuste a sus necesidades. 

Igualmente, si el consumidor posee tarjetas de crédito es recomendable que evalúe las tasas de interés y otros costos para poder aplicar, si lo necesita, de una compra de saldo de otra entidad financiera que ofrezca mejores tasas y condiciones.

Se recomienda a los consumidores que, a la hora de adquirir una tarjeta de crédito, ser responsable, evitar compras compulsivas y usarla excesivamente.  Además, es importante evitar los recargos.  Esto se hace pagando antes del vencimiento de la fecha de corte y cancelando el saldo total, o haciendo pagos mayores al monto correspondiente al pago mínimo.

Hay que firmar la tarjeta en la parte de atrás, inmediatamente la reciba; planificar las compras; no utilizarla para pagar compras por impulso; se ha demostrado que las personas sienten menos remordimiento al usar la tarjeta versus el dinero en efectivo.

Verificar que en el estado de cuenta no existan compras duplicadas, o se registren compras no efectuadas por usted y  que todos los pagos sean registrados.  No tenga más tarjetas de las que en realidad necesita y pueda pagar; si su tarjeta de crédito está hasta el límite máximo, cancele el saldo adeudado, por medio de un préstamo a una tasa inferior a la que está pagando (la Ley 81 ofrece esta alternativa en su artículo 13).

Otras indicaciones importantes son:

  • Evitar retiros de dinero en efectivo en cajeros automáticos, ya que se hacen cargos adicionales.
  • Sea precavido al aceptar  un límite de crédito superior a sus ingresos, ya que se corre el riesgo de endeudarse excesivamente.  La Ley 81 de 2009 permite hasta 3 veces su ingreso mensual, salvo que demuestre ingresos adicionales.
  • Cuando pague en un comercio, no pierda de vista la tarjeta de crédito.  Si el dependiente debe ir a un lugar en la parte trasera del local donde está el punto de venta, solicite acompañarlo hasta ese lugar.
  • Si pierde o le roban la tarjeta de crédito, repórtelo inmediatamente al banco emisor y a la Policía Nacional.
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