Por: Redacción – Panorama Económico
El Canal de Panamá ante el reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) mediante el cual declara inconstitucional la Ley n.° 20 de 2006, y con lo cual recobra su vigencia la Ley n.° 44 del 31 de agosto de 1999, sobre los límites de la Cuenca Hidrográfica del Canal de Panamá (CHCP), esta entidad estará ejerciendo su facultad constitucional para salvaguardar sus recursos hídricos.
Mediante un comunicado la entidad anuncia que, en cumplimiento con este fallo, le corresponde ejercer su facultad constitucional sobre el área geográfica contenida en la Ley n.° 44 de 1999, lo cual lo hará en estrecha coordinación con las instituciones respectivas, conforme lo señala la Constitución Política de la República de Panamá.
En este sentido, la Junta Directiva del Canal y su Administración coordinarán con la administración del presidente José Raúl Mulino las acciones necesarias para avanzar en la búsqueda de soluciones de largo plazo a la crisis hídrica que ha enfrentado Panamá, y así garantizar permanentemente el agua necesaria para el consumo de la población y las operaciones de la vía interoceánica.