Cambios temporales en trámites de visas realizados en Consulado de Panamá en Cuba

Por: Redacción – Panorama Económico

Panamá – El Servicio Nacional de Migración [SNM], informa que en atención a que la página web, donde se solicitan las citas de visas estampadas, en calidad de turista de los nacionales de la República de Cuba, en el Consulado de Panamá en la isla caribeña , se encuentra en un proceso de revisión, las solicitudes, para citas podrán presentarse en la ventanilla de correspondencia, ubicada en el Sótano 1, de la sede principal del Servicio Nacional de Migración, ubicada en la Avenida Ricardo J.Alfaro, cumpliendo con los siguientes requisitos:

  1. Poder conferido por el solicitante a un abogado idóneo, debidamente apostillado. (La misma solo podrá ser presentada mediante apoderado legal).
  2. En el poder o en la autorización, debe mencionarse expresamente las razones por las que se está solicitando la visa estampada.
  3. Adjuntar copia simple de las generales del pasaporte.
  4. Copia simple de cédula e idoneidad.

Es importante destacar que la solicitud debe presentarse en la sede del SNM, en el departamento de correspondencia, y en los datos deben agregar un correo, donde se le remitirá la respuesta.

Por otra parte, en el caso de la solicitud de visas estampadas en calidad de tránsito de los nacionales de la República de Cuba, residentes en la Isla, las cuales también se encuentran en proceso de revisión, las solicitudes, podrán presentarse en la ventanilla de visas, cumpliendo con los siguientes requisitos:

  1. Poder conferido por el solicitante a un abogado idóneo, debidamente apostillado. (La misma solo podrá ser presentada mediante apoderado legal)
  2. Llenar formulario de solicitud de visa de tránsito.
  3. Copia legalizada de pasaporte del solicitante.
  4. Reserva aérea.
  5. Copia legalizada de cédula del solicitante.
  6. Dos fotografías tamaño carnet.
  7. En caso del solicitante ser menor de edad, aportar prueba de parentesco, debidamente legalizado. Se requiere de un poder firmado por ambos padres.
  8. Copia simple de cédula del abogado e idoneidad.
  9. Solo puede ser presentado mediante apoderado legal en ventanilla de visas en el SNM.

Reiteramos que como parte de los requisitos establecidos para estos casos, dentro de la Ley Migratoria, el poder conferido a un abogado para que represente al viajero, debe ser debidamente legalizado ante su consulado.

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