Acodeco aclara que no tramita quejas por apagones eléctricos

Diariamente, a través de las redes sociales y otros medios, usuarios afectados por apagones y daños de artefactos eléctricos por esta causa, involucran a la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco) para obtener una solución, sin embargo, esta entidad no es la autoridad competente para resolver estos casos.

Por tal motivo, la Acodeco presenta aquellos casos que puede atender, y los que no por impedimento legal.

Casos que resuelve:

* Publicidad engañosa

* Incumplimiento de contrato y garantía

* Vicios ocultos

* Historial de Crédito

* Tarjeta de crédito (cuando el emisor no sea una entidad bancaria)

* Situaciones que afecten la libre competencia (monopolio, fijación de precio, ventas atadas)

* Aumentos no válidos en el sector inmobiliario.

*​ Incumplimiento de normas y leyes bajo su competencia, tales como la Ley 45 de 2007 (protección al consumidor y libre competencia); Ley 24 de 2002 (historial de crédito); Ley 6 de 1987 (beneficios para jubilados, pensionados y tercera edad); Ley 1 de 2018 (uso de bolsas reutilizables); Ley 134 de 2013 (beneficios personas con discapacidad); Resolución No.774 de 7 de octubre de 2019 (CABAMED); Ley 114 de 2019 (etiquetado de bebidas azucaradas) y Ley 113 de 2019 (uso obligatorio de letreros).

*Denuncias por casos de competencia; falta de precios a la vista de cualquier producto o servicio; incumplimiento del control de precios de 18 productos de la canasta básica de alimentos; anomalías en balanzas; venta de productos vencidos, sin fecha de vencimiento, con doble fecha y fecha no clara; contenido neto (no cumplen con el peso o cantidad anunciada); irregularidades en la venta de materiales de construcción (arena, piedras y bloques), entre otras denuncias.

* Incumplimiento en el precio tope del gas (tanque de 25 libras) y del combustible.

Casos que no son competencia de la Acodeco:

* Los servicios públicos (agua, luz y teléfono) cuya competencia es la de la Autoridad de Servicios Públicos (Asep).

* Bancos oficiales y privados (Superintendencia de Bancos).

* Casas de Empeño (Dirección Nacional de Empresas Financieras del Ministerio de Comercio e Industria).

* Compañías de Seguros (Superintendencia de Seguros y Reaseguros de Panamá)

* Bolsa y Casa de Valores, fondos privados de pensiones (Superintendencia de Mercado de Valores).

* Alquileres de vivienda (Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial).

* Falta de registro sanitario y productos importados prohibidos, manipulación de alimentos (Ministerio de Salud).

* Aumento de tarifas del transporte público (taxis y autobuses) – Autoridad de Tránsito y Transporte Terrestre.

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