Fiscalía Anticorrupción desestima denuncias de ex docentes que irrumpieron en UDELAS

Panamá.- La Fiscalía Anticorrupción del Sistema Penal Acusatorio Sección de Decisión y Litigación Temprana, archivaron dos denuncias interpuestas por los ex docentes Jazmina Itzel Vega Zorrilla y Pedro Arcia de la Universidad Especializada de las Américas (UDELAS), por supuestos delitos contra la administración pública (abuso de autoridad e infracción de los deberes de los servidores públicos).

Los denunciantes presentaron denuncias penales por la separación temporal de sus cargos mientras que se desarrollaba la investigación por parte de la Comisión Disciplinaria Docente por faltas de máxima gravedad.

Tanto Vega Zorrilla como Arcia irrumpieron de forma violenta no autorizada al Edificio 808 de la UDELAS, el pasado 02 de enero de 2024, poniendo en riesgo la seguridad de los estudiantes y profesores, lo que motivó la separación de sus cargos.

Frente a la denuncia de Vega Zorrilla, la Fiscalía concluyó que no constataron que el actuar del servidor público denunciado sea ajeno a lo que lo ley le ordené y le autorice, como Decano de la Facultad de Educación Social y Desarrollo Humano de la UDELAS.

“Consideramos que lo denunciado no constituye un acontecimiento típico, antijurídico y culpable sometido a una adecuada sanción penal, según las condiciones objetivas de la penalidad, careciendo de elementos indiciarios que indiquen la comisión del supuesto delito de abuso de autoridad e infracción de los deberes de los servidores públicos, ya que es obligante la concurrencia de una actitud dolosa”, detalla el documento.

De igual manera, señala que “se hace necesario destacar a su vez, que el delito contra la administración pública, específicamente abuso de autoridad e infracción de los deberes de los servidores públicos, no se trata de penalizar cualquier medida, trámite o resolución con apariencia de ilegalidad, toda vez, que lo ilegal puede ser verificado y corregido en la esfera correspondiente o subsanado o través de diferentes mecanismos. sin que ello implique que el servidor público con su actuar, se encuentre al margen de lo ley e invistiendo responsabilidad criminal, lo que se sanciona penalmente, es la actividad consciente favorecer uno porte alejado o estando al margen de la ley o actuar causando afectación a alguien por voluntad o capricho, elaborando con pleno intención para causar un perjuicio a alguien.

Por otro lado, la denuncia interpuesta por Pedro Arcia también fue desestimada, ya que, de acuerdo a los hechos señalados por el denunciante, como de los elementos de convicción aportados por éste y los incorporados por el Ministerio Público, Ios mismos no permiten acreditar Ia comisión del delito señalado, toda vez que no se puede hablar de un acto indebidamente, lo que equivale a decir: “ilegalmente, ilícitamente, debido a que carece de elementos indiciarios que indiquen Ia acción de rehusar, omitir y retardar por parte del funcionario, aunado al hecho que el delito de infracción de los deberes de los servidores públicos, como bien se explicó de manera previa, requiere de ciertas características para su acreditación, situación que no se materializa en la presente investigación”.

El documento indica que no se puede hablar de un acto abusivo por parte del demandado, ya que mediante Resolución No. 020 del 24 de junio de 2024, por el cual se resuelve el recurso de reconsideración en contra de la Resolución No. 01-2024 del 13 de marzo de 2024, se pudo establecer que el Decano se encuentra plenamente facultado para ordenar una medida temporal de separación una vez reciba una denuncia; es decir, la norma contenida en el Reglamento Disciplinario Docente no requiere trámites previos, solamente la presentación de una denuncia en contra del docente y que ésta denuncia se sustente por posibles faltas disciplinarias graves o de máxima gravedad, siendo esta estimación una facultad  discrecional del Decano, entre otras autoridades competentes, motivada en la denuncia que en efecto existe y que dio inicio a un proceso disciplinario en contra del docente Arcia.

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