Alcaldía establece Decreto Berenjena promover economía nocturna y turismo

Por Redacción Panorama Económico

Con el objetivo de promover el turismo de entretenimiento y fortalecer la economía nocturna en el Distrito de Panamá, la Alcaldía ha emitido el Decreto Alcaldicio N°12-2024, que regula los horarios de operación de los establecimientos comerciales dedicados al expendio de bebidas alcohólicas como actividad principal.

Este decreto entrará en vigor a partir de su publicación en la Gaceta Oficial.

La medida no modifica los horarios generales establecidos para estos comercios, que continúan siendo los siguientes: Domingo a miércoles: De 9:00 a.m. a 3:00 a.m. del día siguiente.

Jueves a sábado: De 9:00 a.m. a 4:00 a.m. del día siguiente. Sin embargo, el decreto introduce dos zonas especiales, denominadas zonas de esparcimiento nocturno o diversión nocturna, donde los establecimientos que cuenten con permisos nocturnos y cumplan con los requisitos legales podrán operar sin restricción de horario de los establecimientos clasificados bajo el nivel 2, artículo 2-A de la Ley 55 de 1973.

Estas zonas especiales son:

• La Calzada de Amador, desde la calle Van Hock hasta la Isla Flamenco.

• El Conjunto Monumental Histórico del Casco Antiguo de Panamá.

Además, se establece que hoteles y salones de eventos están exentos de las restricciones horarias, siempre que las actividades se realicen a puerta cerrada y se respeten las normas de ruido establecidas sin exposición de ruido hacia lo externo y mantengan Informe Previo Favorable (IPF) y Permiso Nocturno vigentes expedidos por la Alcaldía de Panamá.

La Alcaldía de Panamá reitera que este decreto mantiene las normas municipales que rigen las generación de ruido.

Comparte en tus redes sociales ...
Share on facebook
Facebook
Share on pinterest
Pinterest
Share on twitter
Twitter
Share on whatsapp
Whatsapp
Share on linkedin
Linkedin

Esto se cerrará en 20 segundos