Por: Redacción – Panorama Económico
Ciudad de Panamá. – El Tribunal Electoral reitera a la ciudadanía que el uso del financiamiento público poselectoral se encuentra regulado en la Ley, y en caso de declinación por parte de autoridades electas por libre postulación, solo se puede transferir a la SENACYT.
En este sentido, el artículo 217 del Código Electoral establece que “si algún funcionario electo declina recibir el financiamiento poselectoral, la suma que le corresponde se destinará para el uso exclusivo de investigación científica en la Secretaría Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación”.
Igualmente, se informa que la declinación de los fondos debe ser comunicada al TE por la autoridad electa por libre postulación para el respectivo traslado a la Senacyt, y consignadas anualmente, según el presupuesto quinquenal de la entidad electoral.